Codigo del Trabajo de Honduras

Preminencia de las leyes de trabajo En caso de conflicto entre las leyes de trabajo o de seguridad social con las de cualquier otra índole, deben predominar las primeras. Es decir, los derechos y garantías de los trabajadores deben prevalecer ante cualquier otro derecho. De conformidad con el articulo 10 del Código del Trabajo, se prohíbe al patrono tomar cualesquiera clase de represalias contra los trabajadores con el propósito de impedirles parcial o totalmente el ejercicio de los derechos o las represalias por haber ejercido sus derechos, con motivo de haberlos ejercido o de haber intentado ejercerlos. 12

RkJQdWJsaXNoZXIy NDEzMzY0