Codigo del Trabajo de Honduras
Para los menores de diecisiete (17) años la jornada de trabajo que deberá ser diurna, no podrá exceder de 6 horas ni de 30 a la semana, en cualquier clase de trabajo. En ningún caso de trabajo de menores se descuidará la enseñanza académica primaria a que tiene derecho todo niño. 31
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